Entrevista a Miguel Ángel Calle sobre Ticket BAI

By 18 enero, 2021Entrevista

Para conocer más sobre Ticket BAI, el nuevo sistema de facturación electrónica, entrevistamos a Miguel Ángel Calle, Presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales del País Vasco.

A estas alturas much@s han oído hablar de Ticket BAI pero, ¿en qué consiste?

Se trata de un proyecto que han llevado a cabo las tres Haciendas forales de forma conjunta con el Gobierno Vasco y cuyo objetivo es prevenir el fraude fiscal.

Consiste en obligar a todos los contribuyentes que desarrollan actividades económicas o profesionales a utilizar, en el proceso de emisión de facturas, un software que garantice la integridad, conservación, trazabilidad e inviolabilidad de las facturas. Bien sean facturas normales o facturas simplificadas.

La mayor parte de los países desarrollados tienen implantado o están implantando un mecanismo similar. La propia OCDE en su informe “Supresión electrónica de Ventas: Una amenaza para los ingresos fiscales” publicado en 2013 recomienda utilizar el cifrado de datos y la utilización de firmas digitales en el proceso de emisión de facturas simplificadas en las cajas registradoras.

No obstante, el modelo que han desarrollado las Haciendas forales, incluye no solo las facturas simplificadas de las cajas registradoras, sino todas las facturas emitidas por cualquier contribuyente.

¿A quién afecta y en qué se basa?

Afecta a todas las empresas y autónomos que desarrollan actividades económicas, sin importar el tamaño o volumen de operaciones.

Existen algunas exenciones como pueden ser las personas físicas que arriendan locales, y determinados contribuyentes que no tienen la obligación de emitir facturas por estar acogido a algún régimen especial.

También existe la posibilidad de que un contribuyente solicite la exoneración de esta obligación. Pero esta opción, está pensada solo para aquellos contribuyentes que acrediten una imposibilidad manifiesta de desarrollar su actividad con normalidad con motivo de esta obligación.

¿Cómo nos afectará en el día a día?

La forma y fecha de implantación van a ser diferentes en cada provincia.

En el día a día, al contribuyente de Gipuzkoa y Araba no le afectará mucho. La emisión de factura se lleva a cabo mediante un mecanismo de encriptación que, para quien usa ya software de facturación, será inapreciable. Una vez emitida la factura, cuando ha sido firmada digitalmente, el software de los contribuyentes de Araba y Gipuzkoa enviará la factura digital automáticamente a la Sede Tributaria de la hacienda correspondiente.

Sin embargo, sí afectará a la práctica habitual de modificar las facturas después de su emisión por la existencia de algún error, sin acudir al procedimiento formal de rectificación de facturas. También afecta, y es en gran medida el objetivo de esta nueva obligación formal, a quien pretenda modificar sus registros de ventas para declarar menos ingresos de los realmente obtenidos.

En cambio, los contribuyentes de Bizkaia deberán aportar esas facturas electrónicas incrustadas dentro del libro electrónico de facturas, modelo 140 para autónomos y 240 para empresas. Por lo tanto, para los contribuyentes de Bizkaia no solo hay una nueva obligación formal, TicketBAI, sino que también deberán presentar sus libros registro de operaciones económicas trimestralmente, salvo que estén en el SII en cuyo caso lo harán con la misma periodicidad que envían el SII.

¿Cómo se van a emitir esas facturas?

Justo antes de la emisión de la factura, el software de facturación lleva a cabo varios pasos:

  1. Crear un identificador único denominado TBAI.
  2. Crear un fichero XML no solo con todos los datos de la factura sino también con otros datos del emisor de la misma, como son el régimen de tributación y datos del fabricante del software.
  3. Firmar el fichero XML para garantizar que no ha sido modificado desde su creación hasta su declaración en la Sede Tributaria.
  4. Por último, crear un código QR, que será impreso en la factura y permitirá a su receptor poder comprobar en la Sede Tributaria si esa factura ha sido correctamente declarada o no.

Este proceso garantiza que la factura no ha sido modificada desde su creación hasta su declaración y que no se han dejado facturas sin declarar.

Háblanos de fechas actualizadas de entrada en vigor en las 3 provincias. En Bizkaia, por ejemplo, ya han empezado su periodo de prueba

En Bizkaia es posible la inscripción voluntaria desde el pasado 1 de octubre de 2020 y será obligatoria a partir del 1 enero de 2022.

En Gipuzkoa es posible la inscripción voluntaria desde 1 de enero de 2021. Tanto en Gipuzkoa como Araba la implantación obligatoria será de forma progresiva a partir del 1 de enero de 2022. La incorporación se llevará a cabo por sectores de actividad y ambas Haciendas han optado por empezar por el sector de asesores fiscales dado que seremos nosotros quienes acompañaremos a nuestros clientes en este proceso.

¿Hay algún tipo de ayuda para la implantación del software?

Existe una deducción en cuota de IS, IRPF e IRNR del 30% de las inversiones realizadas por los contribuyentes de Bizkaia en 2019 y 2020 y para los de Gipuzkoa para las inversiones desde 2020 hasta 2023.

Araba todavía no ha publicado su normativa al respecto, pero supongo que también sacará una deducción en cuota.

Y para concienciar, las empresas que no cumplan con la normativa… ¿qué tipo de sanciones tendrán?

El régimen sancionador que lleva aparejada esta obligación formal es muy fuerte para quien no lo cumpla o pretenda manipular sus registros.

Sanción por incumplimiento: 20% de la cifra de negocios del ejercicio anterior, con un mínimo de 20.000€. Para los reincidentes un 30% con un mínimo de 30.000€

Sanción por destrucción, borrado o manipulación de datos: multa del 20% de la cifra de negocios del ejercicio anterior, mínimo 40.000€. Para los reincidentes un 30% con un mínimo de 60.000€.

No obstante, si el incumplimiento es puntual, la sanción será de 2.000€ por cada operación.

Por otro lado, también se recogen sanciones -idénticas a las del incumplidor- para cualquier tercero que facilite, destruya o manipule el software o archivos informáticos de facturación del contribuyente (asesores fiscales, informáticos, etc.)

¿Qué va a suponer para la operativa de las compañías y en general para el tejido productivo del país la generalización de la factura electrónica?

En teoría, no debiera suponer un gran cambio para el contribuyente. El nuevo proceso de emisión de factura lo realiza el software solo y el emisor de la factura solo notará que tiene un código QR en su impresión. Solo quien no dispone de un software para la emisión de las facturas, debiera notar un cambio significativo dado que deberá adquirir uno o utilizar las herramientas que las Haciendas están poniendo a su disposición.

No obstante, no creo que se les haya escapado a las casas de software que, si la factura en pdf va acompañada de un fichero XML o incluso gracias al código QR, el registro de facturas recibidas se automatizara totalmente con un grado de eficacia altísimo. Y eso en breve supondrá una alta automatización de los procesos de registro y contabilización de facturas en despachos de asesoría y departamentos financieros de las compañías.

Sin duda, este nuevo sistema de facturación, es una pieza clave en esta transformación digital que estamos viviendo, ¿verdad?

Sin duda. A día de hoy, las Haciendas no contaban con tanta información como lo harán a partir de ahora. Van a tener acceso en tiempo real, o casi real, a todos los libros de facturas de los contribuyentes y podrán cotejarlos entre sí.

El grado de granularidad en los datos será muy alto y unido a técnicas de análisis basadas en Big Data, otorgaran un potencial de revisión por parte de las haciendas altísimo.

Por otro lado, no creo que se tarde demasiado en permitir a haciendas de diferentes jurisdicciones fiscales, incluso de otros países y continentes, cotejar las facturas de los diferentes contribuyentes. Esto es una gran herramienta para poder terminar con el fraude en el IVA intracomunitario, por ejemplo.

Y por último háblanos de sus beneficios / el cambio que supone esta implantación para las empresas

El principal beneficio que obtendrán las empresas y los autónomos es que en la medida en la que se reduce el fraude, se está eliminando del mercado la competencia desleal que afecta en gran medida a la competitividad del empresario o profesional que cumple con sus obligaciones tributarias. Puede parecer poco, pero es importante cuidar al tejido empresarial que hace las cosas bien.

Gracias por tu tiempo, Miguel Ángel!

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